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Canarias 28 de Enero de 2014
El Consejo de Accesibilidad concede
el Símbolo Internacional a 35 entidades sociales y empresariales
Autoescuelas, centros de formación laboral y viveros, entre los receptores del Símbolo.

"La concesión del Símbolo Internacional de Accesibilidad a 35 entidades canarias pone de manifiesto la sensibilización y la conciencia social de las entidades y empresas canarias que apuestan de forma clara por adaptar sus espacios y servicios a las personas con discapacidad", afirmó ayer, la directora general de Políticas Sociales e Inmigración del Gobierno de Canarias, Ángeles Nieves Fernández, en el seno del Consejo para la Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras.
El Consejo, órgano encargado de informar y proponer la concesión de este
Símbolo, cuenta con representación de las distintas Administraciones, Gobierno
de Canarias, FECAI y FECAM, así como de las Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Federación de Sordos, Confederaciones de Empresarios de las Islas y del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

En el orden del día de hoy se incluida la propuesta de concesión del Símbolo Internacional de Accesibilidad (SIA), a un total de 35 entidades de diverso índole, entre ellas, autoescuelas, centros de formación laboral y academias, viveros, centros sociosanitarios y agrupaciones empresariales.

Orden que regula el Símbolo Internacional de Accesibilidad
Fernández hizo extensivo a los miembros del Consejo la satisfacción de la Consejería de Políticas Sociales, y de su responsable, Inés Rojas, por la entrada en vigor de la nueva Orden que regula el Símbolo Internacional de Accesibilidad, tras su publicación el pasado 24 de enero, en el Boletín Oficial de Canarias.

En este sentido, según ha explicado Rojas, "la nueva orden modifica la anterior, vigente desde 1998, y establece las condiciones para el otorgamiento y utilización del Símbolo Internacional de Accesibilidad, como el indicador de la inexistencia de barreras tanto físicas como de la comunicación, en los espacios y establecimientos, tanto públicos como privados".

"Mediante esta nueva normativa, -aclara la consejera- la Consejería de Políticas Sociales otorga la utilización del Símbolo a los espacios que se adapten a los requerimientos exigidos por ley y determinará su ubicación, en relación a un establecimiento, centro, servicio o espacio público acreditado por reunir las condiciones de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad".

Rojas recuerda que Canarias cuenta desde 1995, con una Ley de Accesibilidad y Supresión de Barreras Físicas y de la Comunicación. "Esta Ley, -explica la consejera,- supuso un claro avance para la integración de las personas con discapacidad, ya que exigía la puesta en marcha de un conjunto de acciones dirigido a la eliminación de las barreras, tanto físicas como de la comunicación, que impedían a las personas con discapacidad estar en igualdad de condiciones que el resto de la ciudadanía".

"La nueva normativa adapta la legislación en materia de accesibilidad a la normativa estatal, y establece un conjunto de criterios más específicos relativas a la erradicación de barreras tanto físicas como de comunicación, que faciliten a las personas con discapacidad acceder a todos los bienes sociales en condiciones más igualitarias", concluye Rojas.

El nuevo texto precisa que se consideran espacios accesibles, aquellos cuyas condiciones hagan factible su utilización de un modo autónomo por parte de cualquier persona, con independencia de que tenga limitadas determinadas capacidades que afecten a su accesibilidad a dichos espacios y según recogen la normativa estatal.

También contempla que en los espacios edificatorios de concurrencia o de uso público en los que se impartan cursos de formación de cualquier modalidad o disciplina, se deberá disponer de una dotación mínima del 10 por ciento en el mobiliario, equipamiento e instalaciones adaptadas para cualquier tipo de discapacidad.

El titular o representante legal del espacio tendrá que solicitar la declaración de accesibilidad en la Consejería de Políticas Sociales y tendrá que aportar, además de la documentación que le acredite, la memoria descriptiva del espacio susceptible de ser considerado accesible; la memoria técnica que acredite que se cumple el nivel de adaptado, en los casos en que sea más restrictivo que lo señalado en el Código Técnico de la Edificación, así como plano de situación; planos a escala, expresivos de la distribución y dimensiones de los distintos elementos integrantes de los espacios y documentación fotográfica.

La petición será resuelta por la Consejería en un plazo de tres meses a partir de su presentación y en caso de no dictarse resolución en dicho plazo, se entenderá estimada la solicitud.