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Canarias 22 de Enero de 2014
Deberán rendir cuentas las entidades privadas si el 30% de su presupuesto procede
de ayudas públicas
Hernández Spínola entrega a los grupos parlamentarios el borrador de texto articulado de la Ley de Transparencia en busca del consenso político.

El borrador de la Ley canaria de Transparencia y Acceso a la Información Pública prevé que su articulado afecte a "las entidades privadas que perciban durante el período de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 60.000 euros o cuando al menos el 30% del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros". Este es uno de los artículos del texto cuyo origen reside en las tendencias que fijaron las aportaciones de la ciudadanía trasladadas al Gobierno de Canarias a través de los 13 foros presenciales que se celebraron entre junio y octubre de 2013 para nutrir el contenido de la Ley de Transparencia en Canarias.
El consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, Francisco Hernández Spínola entregó ayer, a los portavoces de los grupos parlamentarios el primer borrador de este texto articulado. "Esperamos alcanzar el consenso político" para la aprobación de esta ley, indicó el consejero, quien relacionó este factor con la garantía de éxito para el cumplimiento de los objetivos de esta norma. "Se trata de un articulado más amplio y ambicioso que el aprobado en el marco estatal", explicó el consejero, "y pionero en cuanto al método de elaboración que ha seguido".

Hernández Spínola recalcó que "este texto legislativo es el primero en la historia de Canarias que nace desde el principio, de las aportaciones ciudadanas, sin texto articulado previo". Para ello, recordó el consejero, se celebraron 13 foros presenciales programados en todo el Archipiélago, junto con foros online y un buzón de consultas y sugerencia para recabar las opiniones de la ciudadanía sobre qué debería ser o contener la futura Ley. El consejero incidió en que "en total se recogieron más de 2.700 aportaciones ciudadanas, que han servido para construir el presente documento".

El consejero explicó que el Diputado del Común de Canarias desempeñará las funciones de Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Le corresponderá, según el borrador remitido a los portavoces parlamentarios, el fomento, análisis y protección de la transparencia pública y del derecho de acceso a la información. Además, el Diputado del Común elaborará anualmente un Informe sobre el grado de aplicación y cumplimiento de la Ley de Transparencia.

"La elección de esta institución pública cuya existencia está regulada en el Estatuto de Autonomía parte del criterio de evitar la creación de nuevos organismos públicos", indicó el consejero.

Junto con algunas entidades privadas, se prevé que se aplique la Ley tanto a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, como a los organismos autónomos, entidades empresariales, agencias, y demás entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma. Además, explicó el consejero, el borrador también incluye a las fundaciones públicas, las sociedades mercantiles, las universidades públicas canarias, las asociaciones constituidas por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, entre otras.

Siguiendo las tendencias generadas por la mayoría de las personas que participaron en los foros presenciales, para el cumplimiento de la obligación de transparencia, estas entidades deberán elaborar, mantener actualizada y difundir, preferentemente por medios electrónicos, a través de sus respectivas sedes electrónicas o páginas web, la información cuya divulgación se considere de mayor relevancia para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública. Toda esta información, explicó el consejero, debe ser "fácilmente accesible su localización y divulgación, así como la accesibilidad, la interoperabilidad, la calidad y la reutilización de la información publicada".

La información relativa a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y a las entidades y organismos dependientes de ella, se hará pública en el Portal de Transparencia. El Portal de Transparencia incluirá información en materia institucional, organizativa, personal de libre nombramiento, empleo en el sector público, retribuciones, normativa, anteproyectos de ley y proyectos de reglamentos, disposiciones autonómicas aprobadas, servicios y procedimientos, económico-financiera, patrimonio, planificación y programación, obras públicas, contratos, convenios y encomiendas de gestión, concesión de servicios públicos, ayudas y subvenciones, ordenación del territorio, medio ambiente e información estadística.

Además, en las páginas web de las consejerías se facilitará y mantendrá actualizada la información específica de su organización y actividad, así como toda aquella que se considere de mayor utilidad para la sociedad y la actividad económica. La información relativa a las instituciones estatutarias dependientes del Parlamento de Canarias se hará pública en la página web del Parlamento de Canarias.

Hernández Spínola explicó que el borrador insta al Parlamento de Canarias a que establezca en su Reglamento las disposiciones que sean necesarias para la aplicación de esta Ley en el ámbito de su organización, competencias y funcionamiento. Además, propondrá al Parlamento las iniciativas que sean precisas para que también se aplique a los Cabildos Insulares y a los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma.

En cuanto a los límites de derecho al acceso de información, el borrador establece los previstos en la legislación básica, y fundamentalmente, el derivado de la protección de datos de carácter personal. Además, se prevé que cuando la información contenga datos protegidos, la publicación se llevará a efecto previa disociación de los mismos.

El acceso a la información será gratuito. No obstante, en el borrador entregado a los representantes parlamentarios se señala que la obtención de copias y la transposición a formatos diferentes del original estarán sujetas al pago de las tasas establecidas de acuerdo con lo previsto en la normativa reguladora de las tasas de la Comunidad Autónoma o de las entidades locales.

En lo relativo a las resoluciones de acceso a información, las resoluciones se adoptarán y notificarán en el plazo máximo de un mes desde su recepción por el órgano competente para resolver. En aquellos casos en el que el volumen o la complejidad de la información solicitada lo justifiquen, el plazo se podrá ampliar por otro mes, informando de esta circunstancia al solicitante. Transcurrido el plazo máximo para resolver, la solicitud se entenderá desestimada.

Hernández Spínola avanzó que el Instituto Canario de Administración Pública (ICAP) pondrá en marcha un plan de formación en materia de transparencia administrativa y ejecutará acciones de formación específicas tendentes a sensibilizar al personal al servicios del sector público de la Comunidad Autónoma respecto de los derechos y obligaciones establecidos en esta Ley.

Asimismo, en la actividad sujeta al Derecho Administrativo, será aplicable al Parlamento de Canarias, el Diputado del Común, la Audiencia de Cuentas de Canarias, el Consejo Consultivo de Canarias, el Consejo Económico y Social, las Corporaciones de Derecho Público, y los demás órganos y organismos previstos en el Estatuto de Autonomía de Canarias, así como a cualquier otro organismo creado por ley que no se integre en la estructura de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

El consejero incidió en que la transparencia y el acceso a la información "deben ser los ejes fundamentales de toda acción pública".