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Tenerife 30 de Enero de 2014
Una ciudadana, en un gesto de gran solidaridad, deja una herencia de 82 mil euros
a beneficio de la labor social de Cruz Roja
Este importe irá destinado íntegramente a atender a personas en situación
de vulnerabilidad de la provincia tinerfeña.

Recientemente, Cruz Roja en la provincia de Santa Cruz de Tenerife ha recibido una herencia por valor de 82.000 euros gracias a la generosidad y responsabilidad social de María A. M. F., fallecida en Santa Cruz de Tenerife, que decidió en vida nombrar en su testamento a la Institución humanitaria como heredera de sus bienes, compuestos, entre otros, por un depósito bancario a plazo fijo, el cual, irá destinado a mejorar las condiciones de vida de personas en situación de vulnerabilidad.

La Institución agradece a María A. (qepd) y otros ciudadanos solidarios, que han realizado este tipo de acciones humanitarias, la confianza en Cruz Roja para que con estos fondos pueda llegar a los colectivos más necesitados como las familias más afectadas por el actual contexto de dificultad, personas mayores, infancia, jóvenes, etc.
Personas como María A. (qepd), y otras muchas, son dignas de ser reconocidas y recordadas tras su fallecimiento. Gestos como estos ayudan a muchas personas. Y es importante que esto se sepa y se valore.

Hay que destacar en relación a esto que se trata de una opción real y sencilla que posiblemente muchas personas la desconozcan. Es importante saber que es conveniente hacer testamento puesto que es el reflejo de nuestra voluntad y deseos, evitando futuros problemas familiares y legales.

Dentro del caudal hereditario existe una parte que es de libre disposición (un tercio), donde la persona puede decidir con absoluta libertad su adjudicación a un familiar, un tercero o una persona jurídica. Esto es un gesto altruista y solidario en vida que tiene su realización efectiva tras el fallecimiento.

La parte de la herencia que se decidiera otorgar a Cruz Roja no está sujeta al impuesto de sucesiones y donaciones, puesto que es una organización con personalidad jurídica no lucrativa declarada de utilidad pública.

Pueden donarse en herencia los siguientes tipos de bienes: inmuebles (vivienda, piso, finca rústica, etc.), muebles de especial valor (joyas, obras de arte, etc.), dinero en entidades bancarias o en metálico, fondos de inversión o acciones, y seguros de vida.

Esta herencia u otras que pueda recibir Cruz Roja sirven para financiar, totalmente o en parte, alguno de los proyectos y servicios vigentes en ese momento, destinados a favorecer la integración sociolaboral de las personas más afectadas por la situación de crisis, así como para cubrir sus necesidades básicas a través de la entrega de ayudas de emergencia social (alimentos, ropa, productos infantiles, kits de higiene, ayudas técnicas, etc.).

Todas las cuentas de Cruz Roja están auditadas y su gestión se rige por principios de eficiencia y transparencia.

La Oficina Provincial de Cruz Roja en Santa Cruz de Tenerife, bajo su Responsabilidad Social Corporativa, está a disposición de todas las personas interesadas en ser aconsejadas con información general. Asimismo, recomienda consultar un Notario con el fin de garantizar el cumplimiento de su voluntad.