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Tenerife 3 de Julio de 2014
Firmados los convenios colectivos del comercio de automóviles y de GLP
Habrá una subida salarial este año del 0,75 y 0,6%, respectivamente.

Representantes de Femete y de los sindicatos Comisiones Obreras, USO Canarias y UGT han firmado el convenio colectivo para el comercio de automóviles, accesorios y recambios de la provincia tinerfeña con una subida salarial para este año del 0,75%. Además, se establecen 4,33 pagas extraordinarias, el total de horas efectivamente trabajadas será de 40 semanales y habrá una reducción de tres jornadas del cómputo anual.

Entre otros acuerdos, las empresas adquieren el compromiso de limitar al máximo la contratación eventual de trabajadores (el 35% en empresas de menos de 250 empleados), como vía de conseguir una mayor estabilidad en el puesto de trabajo, así como una mayor cualificación profesional del personal contratado. También se acuerda la conveniencia de reducir al mínimo indispensable las horas extraordinarias con el objeto de favorecer la creación de empleos.
Igualmente, se ratifica la necesidad de establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores, frente a los riesgos derivados de las condiciones laborales, atendiendo la normativa vigente, así como estableciendo una Comisión de Seguridad y Salud Laboral de carácter permanente. Al mismo tiempo, se mantiene el compromiso de garantizar la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres, así como la obligación de concertar un seguro que cubra los riesgos de invalidez permanente y muerte por cualquier contingencia, igual para todas las categorías profesionales.

Gases y medición de alcohol y estupefacientes
Por otro lado, se ha suscrito el convenio colectivo provincial para las empresas del sector de distribuidoras de gases licuados del petróleo, gas butano y propano con un incremento salarial del 0,6% actualizada con el IPC del 2013 (0,3%); para el año 2015, será el IPC real de 2014 más un 0,5%.  Los mencionados acuerdos durarán hasta el 31 de diciembre de 2015.

Como novedad, atendiendo a la actividad a la que se dedica la empresa, con manipulación, almacenamiento y distribución de productos  derivados del petróleo, y que el desarrollo de las funciones propias de cada trabajador en condiciones físicas o psíquicas inadecuadas, provoca grave riesgo para el propio trabajador, sus compañeros y terceros, se acuerda, siempre respetando el derecho a la intimidad y dignidad de la persona, así como la confidencialidad de la información adquirida, la inclusión en la realización de los exámenes médicos según protocolo elaborado al efecto, la medición de alcohol, estupefacientes o cualquier psicotrópico en sangre, de forma que pasado el nivel establecido en el protocolo, determinaría la ineptitud provisional del trabajador, estableciéndose la obligatoriedad a su tratamiento, y considerándose como falta muy grave la negativa del trabajador a la práctica de las pruebas acordadas. La empresa se compromete a adoptar medidas de colaboración para la desintoxicación de las personas que se encontraran sujetas a algún tipo de adicción al alcohol, drogas o cualquier otro estupefaciente y demandarán su adopción con carácter previo a su detección.