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Canarias 25 de Julio de 2014
Aprueban los decretos de creación definitiva de las primeras cuatro Escuelas Infantiles (0-3 años) de titularidad municipal
Asimismo, la Consejería tiene en proceso de autorización definitiva de funcionamiento una veintena de Escuelas Infantiles en el conjunto del Archipiélago.

El Consejo de Gobierno autorizó ayer, la creación definitiva de las primeras cuatro Escuelas Infantiles (0 a 3 años) de titularidad municipal. Tres de ellas están situadas en la isla de Tenerife, dos en el municipio de El Rosario y uno en el de Los Silos, y una cuarta en el municipio palmero de Tijarafe. Todos estos centros contaban con autorización provisional de funcionamiento emitida por la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad.

Asimismo, la Consejería tiene en proceso de autorización definitiva de funcionamiento una veintena de Escuelas Infantiles en el conjunto del Archipiélago.
La creación de centros docentes públicos cuyos titulares sean Corporaciones Locales está prevista por la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, cuya disposición adicional segunda, establece que, dicha creación realizará por convenio entre éstas y la Administración educativa, a efectos de su inclusión en la programación general de la enseñanza.

Por otra parte, la propia Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, prevé que nuestro sistema educativo se inspira, entre otros, en el principio de la cooperación y colaboración de las Administraciones educativas con las Corporaciones Locales en la planificación e implementación de la política educativa [artículo.1.p)] y que las Administraciones públicas promoverán un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo, cooperando entre ellas para asegurar la oferta educativa en este ciclo [artículo 15.1].

En nuestro ámbito, el Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, por el que se establecen los contenidos educativos y los requisitos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 203, de 9 de octubre) establece en su artículo 13. 1 que las Corporaciones Locales podrán proponer la creación de Escuelas Infantiles con arreglo a la normativa aplicable para la creación de los centros escolares y que, igualmente, será precisa la previa firma del correspondiente convenio con la Consejería competente en materia de educación.