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Canarias 9 de Julio de 2014
José Miguel Pérez: “Es un hito histórico
que Canarias pueda contar con un modelo educativo propio”
Canarias es pionera en el desarrollo de una Ley autonómica educativa surgida
a partir de una Iniciativa Legislativa Popular.

“Estamos ante un momento histórico. Canarias podrá contar por primera vez en su historia con un modelo educativo propio que permitirá adaptar nuestras singularidades al sistema educativo estatal y desarrollar, a la vez, iniciativas propias en este ámbito”. Así se manifestaba ayer el vicepresidente y consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias, José Miguel Pérez, en el Parlamento autonómico al hablar sobre la Ley de Educación no Universitaria de Canarias.

"Esta Ley marca uno de esos momentos en los que los pueblos forjan su futuro. Con este texto la sociedad canaria apuesta por el progreso y por un horizonte esperanzador, que se alcanzarán gracias al amplio conjunto de planes de mejora del sistema educativo que permite poner en marcha esta normativa".
Su objetivo, como explicó el vicepresidente y consejero, es facilitar que el sistema educativo pueda contribuir activamente a desarrollar un modelo social y económico inteligente y sostenible, orientado hacia una mayor cohesión social en las Islas.
El texto nace con la finalidad de preservar la equidad del sistema educativo e incorporar las mejores disposiciones legislativas europeas, nacionales y autonómicas, así como actualizar la normativa de carácter propio actualmente vigente en el sistema educativo y asegurar un sistema educativo estable apoyado sobre un amplio consenso social y financieramente sostenible.

El vicepresidente y consejero destacó que el texto, nacido a partir de una Iniciativa Legislativa Popular presentada en el año 2010, "lo que supone toda una novedad en lo que leyes autonómicas educativas se refiere en todo el Estado", ha obtenido un amplio consenso social y político, como demuestran el Dictamen de la Comisión de Estudios del Parlamento de Canarias y el documento de Acuerdo del Consejo Escolar de Canarias para un Pacto por la Educación, así como la propia Iniciativa de 2010. "Todos ellos ponen de manifiesto la firme voluntad de la sociedad canaria de alcanzar un ordenamiento del sistema educativo actual".

Para el Archipiélago, señaló José Miguel Pérez, la Educación es el medio de transmitir y renovar el acervo cultural y los conocimientos, los valores de convivencia democrática, la promoción de la solidaridad, la cohesión social y evitar la discriminación. Como derecho universal, defendió, sólo puede garantizarse si se entiende como servicio público esencial, ya que "su posible mercantilización podría desvirtuarla".

"Para que Canarias siga progresando necesitamos reforzar el valor de la educación mediante un nuevo reparto de responsabilidades entre los agentes educativos y construir una sociedad educadora en la que el sistema educativo sea depositario de expectativas de igualdad, equidad, crecimiento personal y desarrollo social que los poderes públicos deben atender y garantizar".

Desde el reconocimiento de las diferencias, indicó, hay que definir consensos que faciliten la cooperación y la construcción de una sociedad educadora que requiere que normativamente se establezca un reparto justo tanto de las responsabilidades como de las oportunidades y de los riesgos y atender así a las características propias de nuestro sistema educativo, que justifican la necesidad de esta Ley.

Singularidades canarias
La fragmentación del territorio, que obliga a una respuesta educativa concreta en cada una de las islas, y las condiciones sociales y económicas del Archipiélago son dos de las singularidades a las que hizo mención el consejero en su defensa de la nueva normativa. También apuntó, en este sentido, a la historia y la cultura de un pueblo próximo a tres continentes, "lo que obliga a considerar la integración social, cultural y educativa".

El ordenamiento del sistema educativo propuesto por la Ley "convierte cada una de estas singularidades en una fortaleza", a la vez que trata de alcanzar la convergencia en las condiciones, los procesos y los resultados educativos con los mejores sistemas educativos europeos.

Características de la Ley
El texto establece la necesidad de que el Gobierno autonómico y las Corporaciones locales coordinen sus actuaciones, pudiendo establecer convenios que permitan la delegación de competencias de gestión de determinados servicios educativos en los municipios o agrupaciones de los mismos que se configuren con el fin de lograr la mejor coordinación y control social en el uso de los recursos.

La Ley incorpora una concepción del espacio educativo que ya no se identifica sólo con el espacio físico de los centros educativos, sino que incorpora los nuevos entornos digitales para el aprendizaje. Siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea, Canarias dispondrá de su propio entorno educativo que integrará a todos los centros en un espacio virtual único.

Además, incorpora un nuevo ordenamiento de los espacios físicos tradicionales, definiendo el concepto de mapa escolar e incorporando tres nuevos espacios: las Áreas Territoriales (islas), los Distritos escolares y las Zonas educativas, unidades, todas ellas, que permitirán adaptar las distintas ofertas educativas a las características de las islas. En este nuevo marco territorial se reserva, así mismo, un tratamiento singular para las escuelas rurales.

La Ley fija un conjunto de principios y objetivos que deben constituir las guías esenciales de la política educativa de Canarias en las próximas décadas y hace de la corresponsabilidad, la cooperación y la participación ejes esenciales para atender las necesidades educativas del alumnado. Estos tres pilares definen lo que en la Ley se reconoce como una sociedad educadora.

Educación inclusiva y profesorado
La escuela canaria definida por la Ley es inclusiva, respetuosa con las diferencias y comprometida con una equitativa distribución de las oportunidades de aprendizaje, orientada hacia la modernización tecnológica y el aprendizaje a lo largo de la vida. Esta ley, refuerza la libertad de enseñanza del profesorado, reconociendo su autonomía, a la vez que favorece su promoción profesional sin necesidad de cambio del cuerpo docente al que se pertenece y facilita, igualmente, su promoción profesional cuando soliciten cambiar del cuerpo docente al que se pertenece.