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Canarias 11 de Julio de 2014
Rojas: "La nueva ley de la PCI garantiza mayor protección a las familias con infancia a cargo"
Se reduce en un tercio los tiempos de resolución de los expedientes de ayuda y se amplía el colectivo de población que puede acceder a esta prestación.

El Gobierno presentó ayer jueves, ante el Pleno del Parlamento, el Proyecto de Ley de modificación de la Prestación Canaria de Inserción que, según su Exposición de Motivos, incorpora a un nuevo colectivo: las familias sin ingresos. Se prioriza así a las familias con infancia a cargo en el marco de la Estrategia frente a la Pobreza y la Exclusión Social presentada en comunicación "hace apenas un año" según explicó la consejera de Política Social, Inés Rojas.

"El Gobierno con esta propuesta ha sido realista y tiene como objetivo ayudar a todas aquellas familias que no pueden salir adelante sin la ayuda de las administraciones públicas; una ley que forma parte destacada de la Estrategia frente a la pobreza y la Exclusión social y que prioriza como toda ella a las familias con hijos e hijas; una ley que es consciente de que está paliando una regulación que concierne al Estado puesto que no se trata de apoyar a las personas en exclusión sino a aquellas que no tiene ingresos por causa de la lacra del desempleo que asola a España y muy particularmente a los territorios con mayores dificultades", afirmó la consejera de Políticas Sociales del gobierno de Canarias, Inés Rojas, en la presentación en sede parlamentaria de la modificación de la ley.
En su exposición, Rojas aclaró que la modificación de este Ley, responde al compromiso del Gobierno canario de modificar una ley "que significó un salto cualitativo en la atención a las personas y colectivos más vulnerables de la sociedad aportando no solo una ayuda económica para quienes no tenían cubiertas las necesidades básicas, sino también posibilitando y favoreciendo su integración social, más allá del marco económico, a través de programas específicos de actividades de inserción adecuados a las características y capacidades de las personas beneficiarias de la prestación económica".

"Pero el escenario ha cambiado considerablemente, mientras que en 2007 el enfoque de la pobreza se vinculaba al concepto de exclusión social, hoy se vincula al concepto de escasez de recursos económicos. Se estimaba que había un sector de la población que no podía acceder al sistema de bienestar social debido a una serie de componentes multidisciplinares. Era cierto que podían de carecer de fórmulas para acceder al mercado laboral y por tanto a los bienes económicos pero era debido a connotaciones sociales, educativas y culturales".

"Ese escenario hoy es otro. A este grupo de personas se le ha añadido familias que por motivos de la crisis han perdido su puesto de trabajo hace mucho tiempo y ya no acceden a las prestaciones por desempleo. Son personas cualificadas, perfectamente integradas, con un nivel educativo adecuado pero que no encuentran trabajo. Y este es el motivo por el que pueden entrar en riesgo de exclusión. No por otro", enfatizó Rojas.

"Por lo tanto, estamos hablando de falta de trabajo exclusivamente, de falta de ingresos. Cabría pensar que si no se trata de exclusión, si no se trata de falta de habilidades sino puramente de falta de trabajo debería ser el Estado quien regulase una renta mínima para una población abatida por el desempleo. Pero en vista de que este problema, el gran problema de la sociedad española, que no se ha resuelto por parte del Estado, en Canarias hemos tomado la iniciativa para incorporar a las familias sin ingresos por falta de empleo a una ley que no se concibió para esto. Y de ahí su modificación", explicó.

Llegar a más personas y dotar de mayor protección a las familias con hijos, objetivo principal de la modificación de la Ley
"El objetivo principal para modificar esta ley es llegar a más familias, sobre todo a las familias con niños y niñas a cargo y hacerlo de una forma ágil y eficaz", indicó Rojas.

"Para ello se introducen cambios sustanciales como es ampliar el colectivo destinatario de la misma a todas aquellas personas que no dispongan de recursos económicos y estén en riesgo de exclusión social; priorizar a las familias con hijos e hijas a cargo; garantizar el acceso rápido y efectivo a la ayuda económica que supone la Prestación a las personas que lo solicitan, estableciendo por ley un plazo de cuatro meses para resolver las solicitudes desde su recepción por parte del departamento del Gobierno y simplificar procedimientos y acortar tiempos de respuesta, mejorando la aplicación informática empleada para su tramitación y gestión", enumeró.

El Anteproyecto de Ley retoca la Ley del año 2007, mediante una modificación parcial, pero sustancial, que afectará a 18 artículos a lo que se les dará nueva redacción, total o parcialmente; a 3 artículos que quedarán sin contenido, y al Título V referido al régimen de infracciones y sanciones que comprende los artículos 31 a 37 de la Ley, que igualmente quedará suprimido y sin contenido.

Según explicó Rojas, en términos generales, la presente modificación se centra en los siguientes aspectos esenciales:
En primer lugar, se amplía el ámbito de cobertura de la Ley al modificar las condiciones de acceso en relación al tiempo de residencia que pasa de tres años a un año, así como el periodo que se computa como ausencia de renta, que se reduce de un año a tres meses.

Por otro lado, se aumenta el nivel de protección de las familias con miembros beneficiarios de prestaciones económicas del sistema de dependencia, al exonerar las mismas del cómputo de rentas y, en consecuencia, del cálculo del importe de la prestación económica.

Otro aspecto esencial que se aborda es la búsqueda de la simplificación administrativa. Se aclara el carácter subsidiario y complementario de la prestación económica respecto de otras prestaciones públicas.

"En este sentido, - argumentó- las novedades se centran en la nueva redacción del apartado 6 del artículo 12 y 3 del artículo 13, donde el plazo de los ayuntamientos para remitir el expediente completo al Gobierno de Canarias pasa de los tres meses actuales a dos en la reforma. Y el plazo de tramitación en el Centro Directivo competente pasa de los seis meses actuales a tres en la reforma. Se pretende con ello, acortar los plazos de instrucción de los expedientes, tanto en la fase municipal como en la fase autonómica".

"Además, como mejora en la gestión, y para evitar burocracia innecesaria, se suprime el requisito de la aceptación previa de la ayuda así como la caducidad del procedimiento ante la Administración municipal correspondiente, si los interesados no se hubiesen personado ante la misma en el plazo de los diez días siguientes contados a partir de la recepción de la resolución de concesión de la ayuda, aspecto éste que iba en perjuicio de los derechos e intereses de la persona beneficiaria de la misma".

"Por último, se propone un nuevo cálculo para las cuantías de la ayuda económica básica amparado en el hecho de ofrecer una mayor protección a aquellas familias con hijos menores a su cargo, al tiempo que se modifica el periodo de cobro de la prestación económica, estableciéndose un máximo de 12 meses permitiendo que se pueda solicitar una nueva prestación pasado otros 12 meses".

"La cuantía de la prestación canaria de inserción antes de la modificación era la tercera más alta de todo el Estado tras las dos comunidades más ricas de España: País Vasco y Navarra, y después de la modificación sigue siendo la tercera más alta de todo el Estado, por encima de comunidades ricas como pueden ser Madrid, Cataluña y la Comunidad Valenciana, todas ellas mejor financiadas que Canarias", afirmó la consejera.

En cuanto a la duración, es de 12 meses más 12 meses de renovaciones si se mantienen las mismas condiciones que al comienzo de la concesión. "Es decir, -aclaró la consejera-, una vez cumplidos los doce meses se podrá volver a solicitar nuevamente la ayuda económica básica una vez transcurridos un mínimo de doce meses desde el último mes de percepción de la misma. En la actualidad el cobro es de 12 meses más 12 meses y luego la persona sale del sistema. La nueva propuesta es que ese cobro de 24 mensualidades conlleve un año de carencia de manera que el reparto de recursos sea más equitativo. Sin duda es una de las principales novedades de la reforma y la que más controversia pueda plantear, dado el cambio sustancial con respecto a la regulación actual".

"La finalidad es facilitar el acceso al mercado de trabajo ya que las personas tienen como una bolsa de 12 meses de prestación. Si consiguen un trabajo de dos meses, de cuatro meses o incluso una sustitución de una semana o dos o tres días por una baja de alguien, se puede optar a ese puesto de trabajo y se sigue teniendo esa bolsa de mensualidades sin tener que presentar otra vez la solicitud de la prestación pudiendo alargarla durante un periodo mucho más largo en el tiempo", matizó.

"Esto significa, - afirmó Rojas- según la experiencia de nuestros técnicos y una vez evaluada la ley en estos siete años, que las personas siguen en tensión a la hora de buscar su empleabilidad. Como dije, ahora la Prestación no solo va dirigida a personas en exclusión sino a aquellas que han perdido el empleo y ya no tiene subsidio por esta cuestión. Si no las motivamos, si no permanecen alertas y atentas a un puesto de trabajo aunque sea por un tiempo mínimo, o a mejorar su formación, perderán su capacidad de empleabilidad, perderán su motivación y entonces si que caerán en la exclusión".

"Para las personas en exclusión, seguirá siendo de vital importancia para su proyecto de vida la realización de los itinerarios de inserción que no son solo laborales sino principalmente de consecución de habilidades sociales. Por tanto, estamos presentando una ley, que en el marco de nuestras posibilidades y nuestra competencia, se adapta a los nuevos tiempos y a los nuevos perfiles de pobreza", concluyó Rojas.