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Canarias 5 de Junio de 2014
Turismo establece la tramitación electrónica obligatoria para el inicio, modificación o cese de las agencias de viaje
Se cumple así con el Decreto 37/2014, de 9 de mayo, mediante el cual la presentación de comunicaciones, declaraciones, solicitudes, escritos o cualquier documento relativo a la intermediación turística se realizará exclusivamente por Internet a través de https://sede.gobcan.es/presidencia.

La Viceconsejería de Turismo del Gobierno de Canarias establece la tramitación electrónica obligatoria para el inicio, modificación o cese de actividades de intermediación turística y agencias de viaje, cumpliendo así con el Decreto 37/2014, de 9 de mayo, mediante el cual la presentación de comunicaciones, declaraciones, solicitudes, escritos o cualquier otro documento se hará, exclusivamente, por registro electrónico, tanto por las personas físicas como jurídicas y representantes.
De esta forma, los solicitantes están obligados a utilizar medios electrónicos durante la tramitación completa del expediente. Estos medios electrónicos están disponibles en la sede electrónica de la Presidencia del Gobierno en la dirección https://sede.gobcan.es/presidencia.

"El usuario ya no tendrá que desplazarse a presentar papeles; abrir o cerrar una agencia de viajes se deberá hacer de forma electrónica, lo que agiliza enormemente la actividad turística", señaló el viceconsejero de Turismo, Ricardo Fernández de la Puente Armas. "Además, por parte de la Administración las notificaciones se realizará a su vez de forma electrónica", indicó.

La Viceconsejería de Turismo ha puesto a disposición de los usuarios un servicio de apoyo para cualquier información sobre los procedimientos, a través del servicio de información 012, y para las incidencias técnicas, a través del Apartado de Consultas e Incidencias de la sede electrónica.