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Canarias 8 de Octubre de 2014
Rojas: "El Decreto aplica el principio
de igualdad en la participación económica
del dependiente"
La consejera de Políticas Sociales explicó en sede parlamentaria el fin del Decreto que establece los criterios para determinar la capacidad económica del dependiente.

"El Decreto aprobado por el Gobierno de Canarias no supone un nuevo copago, sino que regula lo que ya se aportaba por parte de los usuarios eso sí a partir de su entrada en vigor se respetará el principio de igualdad y de redistribución de la renta", aclaró ayer, en sede parlamentaria, la consejera de Políticas Sociales, Inés Rojas, donde intervino para explicar las medidas que ha tomado el Gobierno para unificar la aportación económica del beneficiario en los servicios de atención a la dependencia.

Según explicó la consejera, la aprobación de este Decreto es consecuencia de la modificación de la Ley y el acuerdo del Consejo Territorial de la Dependencia en el que se determina la necesidad de establecer los criterios comunes para la determinación de la capacidad económica de los usuarios de los servicios y prestaciones, así como la aportación del beneficiario, en los términos recogidos en la Ley, lo que contribuirá a garantizar el principio de igualdad, evitando así la discriminación del modelo actual.
"No se trata de un nuevo copago, sino lo que se ha hecho es regular lo que ya existía bajo los principios de transparencia, igualdad, redistribución de la renta y cohesión social", aclaró.

El decreto aprobado por el Gobierno de Canarias establece los criterios para determinar la capacidad económica de la persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y su participación económica en el coste de los servicios, así como la determinación de la cuantía de las prestaciones económicas del Sistema en la Comunidad Autónoma de Canarias.

"La aprobación de este Decreto supone la unificación del coste de los servicios en todo el territorio de la comunidad autónoma ahondando así en el principio de no discriminación y en el principio de igualdad", subrayó Rojas.

"De hecho, -aclaró-, se daba el caso de que, según la isla e incluso en la misma isla, las entidades, asociaciones, o corporaciones cobraban un precio diferente por el mismo servicio".

"De esta forma, el Decreto regula que las personas beneficiarias de los servicios aporten según sus ingresos y la tipología del servicio. Por tanto, este decreto también ahonda en el principio de redistribución de la renta y de cohesión social. Aporta más el que más tiene, hasta un 90 por ciento de la pensión en el caso de las residencias y hasta el coste efectivo del servicio".

"Eso sí, se garantiza la prestación de todos los servicios aún cuando la persona beneficiaria carezca de recursos económicos", enfatizó.

En aplicación del citado Decreto, la participación económica será según el tipo de servicios que podrá ser entre otros el de teleasistencia, ayuda a domicilio, centros de día o centros residenciales.

"Como ejemplo, -citó la responsable de Políticas Sociales-, en la atención de centro de día se aportará partir de ingresos superiores a los 550 euros Es decir, la persona que tenga unos ingresos inferiores a 550 euros no pagará nada en un centro de día, y a medida de que su pensión sea mayor, irá aportando. Por ejemplo si su pensión es de 610 euros pagará 60 euros al mes, y así se irá incrementando según unos baremos que serán públicos y estándares", matizó.