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Canarias 6 de Septiembre de 2014
Envían al Consejo Consultivo el proyecto
de decreto que regula las consultas ciudadanas
El Ejecutivo pide el informe por vía de urgencia para esta normativa que completa el marco que hará viable el proceso.

El Consejo de Gobierno envía al Consejo Consultivo el proyecto de decreto que regula las consultas a la ciudadanía en asuntos de interés general competencia de la Comunidad Autónoma. Esta normativa es la que detalla de forma genérica las condiciones para la realización de estas consultas, en desarrollo del artículo 20 de la Ley Canaria de Fomento a la Participación Ciudadana.

La inminente aprobación de este decreto, una vez el Consejo Consultivo emita su informe y el texto vuelva a pasar por el Consejo de Gobierno, hará viable la convocatoria del primer proceso para consultar a la ciudadanía canaria durante el otoño.
El Gobierno ha solicitado el informe al Consultivo por la vía de urgencia, por lo que el
plazo máximo para la entrega de este informe preceptivo es de 15 días a partir de la recepción de la solicitud por el órgano consultivo.

El texto, que el Gobierno eleva al Consultivo, atribuye al Consejo de Gobierno de Canarias la capacidad para decidir los términos exactos de la pregunta o preguntas directas que se sometan a consulta. Posteriormente, será un decreto del Presidente el que determine la fecha de la convocatoria. Este decreto debe publicarse en el Boletín Oficial de Canarias con una antelación mínima de 30 días respecto al inicio del plazo para la emisión de las respuestas.

El proyecto de decreto prevé dos fórmulas: la presencial, que permitirá emitir opinión yendo a las sedes administrativas habilitadas por toda Canarias al efecto; y la telemática, para lo que está previsto el desarrollo de un aplicativo informático.

La opinión emitida por cada ciudadano que quiera participar telemática o presencialmente en el proceso será secreta y existirán herramientas específicas para garantizar que sólo se emita una opinión por persona, ya sea física o jurídica.

Para cada convocatoria concreta, en un segundo decreto del presidente, se concretarán los detalles organizativos para el correcto desarrollo y recuento de la consulta. Entre ellos, la dirección de correo electrónico que se habilitará para la recepción de opiniones y los lugares físicos en los que estarán las sedes administrativas para la emisión de opinión presencial.

Uno de los requisitos es el relativo a la edad de las personas físicas que pueden participar emitiendo su opinión en estos procesos de consulta. El proyecto de decreto establece que, en cada caso, será en el decreto de convocatoria del presidente en el que se concrete el requisito de edad, no siendo inferior a los 16 años, salvo para aquellas consultas que versen sobre asuntos de juventud, que podrá establecerse a partir de los 14.

En cuanto a las personas jurídicas, para participar en la consulta deberán estar inscritas con antelación en el Registro de Participación Ciudadana.

El proyecto de decreto prevé la creación de una comisión de control, integrada por tres funcionarios de carrera y tres representantes de la ciudadanía inscritos en el Registro de Participación, que serán elegidos por sorteo. El ejercicio de estas tareas será en todo caso voluntario. Esta comisión velará por el cumplimiento de la normativa durante el proceso y resolverá las reclamaciones que pudieran presentarse.

El Gobierno de Canarias defiende que el sistema de consulta a la ciudadanía que propone Canarias es Constitucional y respeta todo el ordenamiento jurídico vigente. La consulta ciudadana es una fórmula de participación ciudadana que está prevista en el artículo 32.5 del Estatuto de Autonomía.